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¿Qué debe saber una empresa francesa antes de implantarse en España?

Antes de implantarse, una empresa francesa en España debe conocer los requisitos fiscales, legales y laborales que regulan su actividad en el país. 

Desde Centro Consulting, ayudamos a negocios internacionales a establecerse cumpliendo con la legislación vigente. Por lo que te explicamos los aspectos que una empresa extranjera debe tener en cuenta antes de iniciar su implantación.

 

Obligaciones fiscales para una empresa francesa en España

Antes de operar, es necesario comprender el sistema fiscal español y cómo afecta a empresas extranjeras, especialmente si se trata de un establecimiento permanente.

Establecimiento permanente y tributación en España

Una empresa francesa que realiza actividades de forma continua en España podría considerarse como establecimiento permanente. Esto implica que deberá tributar en España por los beneficios obtenidos dentro del país, al igual que una empresa española.

Convenio para evitar la doble imposición

España y Francia mantienen un convenio para evitar la doble imposición que evita que una misma renta tribute en ambos países. Este tratado determina en qué casos la empresa francesa tributa en España y en cuáles lo hace en Francia.

Impuestos aplicables y sus tipos

Las empresas extranjeras que operen en España deben pagar:

  • Impuesto sobre Sociedades, en los mismos términos que una entidad residente, si tienen establecimiento permanente.
  • IVA, con obligación de registrarse si prestan servicios o entregan bienes sujetos al impuesto.
  • Retenciones de IRPF, si pagan rentas a trabajadores o proveedores residentes en España.

Tipos del Impuesto sobre Sociedades: qué cambia en 2025 y 2026

Al planificar la implantación, conviene revisar no solo qué impuestos aplican, sino también cómo se calcula el Impuesto sobre Sociedades según el período impositivo. Esto es especialmente relevante si el ejercicio no coincide con el año natural.

Año (períodos iniciados en…)Tipo generalMicroempresas (INCN < 1.000.000 €)ERD (art. 101 LIS)Nueva creación (actividad económica)Startups (Ley 28/2022)
202525%0–50.000 € BI: 21% / Resto BI: 22%24% (transitorio)15% (primer período con BI positiva y el siguiente)15% (según regla temporal aplicable)
202625%0–50.000 € BI: 19% / Resto BI: 21%23% (transitorio)15% (misma regla)15% (según regla temporal aplicable)

Estos tipos resultan aplicables cuando la empresa tributa en España por el Impuesto sobre Sociedades, por ejemplo, si opera mediante establecimiento permanente o a través de una entidad constituida en España. Se determinan por el período impositivo iniciado en cada año, aunque el ejercicio no coincida con el año natural.

Con esta referencia es más sencillo prever el impacto fiscal del primer ejercicio y ajustar la estructura de implantación. 

 

Formas jurídicas posibles: filial o sucursal

Las empresas francesas pueden establecerse mediante una sucursal o creando una sociedad española (filial). Cada opción tiene implicaciones fiscales y operativas distintas.

Diferencias entre filial y sucursal

  • Sucursal: no tiene personalidad jurídica propia, depende directamente de la empresa matriz. Su contabilidad se integra con la de la matriz.
  • Filial: se constituye como sociedad española (generalmente una S.L.) con personalidad jurídica propia. Tiene más autonomía, pero mayores obligaciones formales.

Requisitos legales para crear una filial

  • Redacción de estatutos y escritura pública ante notario.
  • Inscripción en el Registro Mercantil español.
  • Solicitud del NIF (Número de Identificación Fiscal).
  • Alta en Hacienda y Seguridad Social si se contrata personal.

Costes fiscales y errores comunes en la implantación

Implantar una empresa extranjera en España requiere planificación. A continuación, se describen algunos gastos comunes y fallos que conviene evitar.

Costes fiscales habituales

Antes de implantarse, es importante conocer los gastos fiscales aproximados asociados al proceso, que pueden variar según la comunidad autónoma, el tipo de actividad y la estructura jurídica elegida:

  • Gastos de constitución: notaría, tasas registrales y gestoría.
  • Tributación local: IAE (Impuesto de Actividades Económicas), IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) si se adquiere un local.
  • Cotizaciones sociales por empleados contratados en España.

La cuantía concreta de estos gastos puede variar según el municipio, la actividad y la estructura jurídica elegida.

Para obtener una estimación ajustada a cada caso, conviene apoyarse en una asesoría fiscal especializada que tenga en cuenta la normativa fiscal local y sectorial vigente.

Errores frecuentes a evitar

La falta de conocimiento del marco normativo español puede generar situaciones de riesgo. Algunos errores habituales incluyen:

  • No diferenciar correctamente entre sucursal y establecimiento permanente.
  • No registrarse en IVA cuando es obligatorio.
  • Desconocer las normas sobre fiscalidad internacional Francia-España.
  • No contar con una asesoría fiscal especializada en empresas extranjeras.

Una planificación adecuada reduce la exposición a sanciones y permite operar con mayor seguridad desde el inicio.

Normativa laboral y Seguridad Social

Una empresa francesa que contrate trabajadores en España debe cumplir con la legislación laboral española, aunque el personal sea desplazado.

Requisitos en materia de empleo

  • Contratos adaptados a la normativa española.
  • Registro de jornada y cumplimiento con convenios colectivos locales.
  • Alta en la Seguridad Social española y cotización correspondiente.

Trabajadores desplazados desde Francia

  • Si el trabajador mantiene la afiliación a la Seguridad Social francesa, se necesita el formulario A1.
  • Es importante coordinarse con asesoría laboral para evitar conflictos legales o duplicidad de cotizaciones.

En muchos casos, las empresas que desean operar en otro país no solo se enfrentan a nuevos marcos normativos, sino también a momentos donde su estructura de asesoría se queda corta. 

Si estás en ese punto, puedes leer el artículo ¿Tu empresa está creciendo y tu asesoría se queda pequeña? Señales claras para el crecimiento empresarial en 2026, donde lo explicamos con más detalle.

IVA y facturación: implicaciones para empresas francesas

El tratamiento del IVA en operaciones entre Francia y España puede generar confusión si no se planifica correctamente.

Registro en el ROI (Operadores Intracomunitarios)

Una empresa francesa debe inscribirse en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) para realizar operaciones comerciales entre ambos países sin aplicar el IVA español.

Facturación con y sin establecimiento permanente

  • Sin establecimiento permanente: se aplica inversión del sujeto pasivo.
  • Con establecimiento: la empresa debe repercutir y declarar el IVA en España.

La correcta aplicación del IVA en cada caso evita sanciones y permite un flujo comercial más ágil entre ambos países.

Asesoramiento especializado para evitar riesgos

En Centro Consulting hemos acompañado a numerosas empresas extranjeras durante su implantación en España. Sabemos que el entorno normativo puede parecer complejo si se desconoce el idioma o la legislación local.

A través de nuestra asesoría fiscal y contable para empresas extranjeras, ayudamos a reducir errores, cumplir obligaciones y tomar decisiones acertadas desde el primer momento.

Además, contamos con un servicio especializado en la implantación de empresas extranjeras en España, adaptado a cada sector y estructura empresarial.

Centro Consulting Zaragoza, la asesoría para tu empresa francesa en España

Implantar una empresa francesa en España implica atender numerosos aspectos legales, fiscales y laborales. En Centro Consulting trabajamos de forma coordinada con nuestros clientes internacionales, ofreciendo claridad, rapidez y cumplimiento normativo en cada fase del proceso.

Desde la constitución hasta la gestión mensual, ayudamos a que la empresa cumpla con sus obligaciones sin contratiempos. Si estás evaluando implantarte en España, contáctanos y te orientaremos desde el primer paso.

Preguntas frecuentes acerca de una empresa francesa en España

¿Una empresa francesa puede operar directamente en España?

Sí, puede hacerlo mediante establecimiento permanente, sucursal o constituyendo una sociedad (filial). Cada opción tiene implicaciones distintas.

¿Qué impuestos paga una empresa francesa en España?

Depende del tipo de presencia que tenga en el país. Si existe establecimiento permanente, se paga Impuesto sobre Sociedades e IVA, entre otros.

¿Es obligatorio contar con una asesoría local?

No es obligatorio, pero es altamente recomendable. Las normativas locales pueden resultar complejas y una asesoría evita errores costosos.

¿Qué diferencia hay entre filial y sucursal?

La filial es una sociedad española independiente, mientras que la sucursal depende directamente de la matriz y no tiene personalidad jurídica propia.

¿Qué requisitos fiscales se deben cumplir antes de empezar a operar?

Inscribirse en el censo de Hacienda, obtener NIF, registrarse en el ROI si se realiza comercio intracomunitario y cumplir con la normativa del IVA.

¿Puedo contratar personal francés para trabajar en España?

Sí, pero es necesario gestionar su afiliación a la Seguridad Social y formalizar su situación con contratos válidos en España.

¿Dónde puedo recibir asesoría especializada?

En Centro Consulting ofrecemos asesoría fiscal, laboral y contable adaptada a empresas extranjeras que desean establecerse en España.

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