Ha sido aprobado el Proyecto de Ley de reforma fiscal, ultimado por el Gobierno, introduciendo diversas modificaciones y novedades en el sistema tributario español, con la pretensión de incrementar la recaudación entorno a los 4.500 millones de euros anuales. Se establecen un conjunto de medidas con el punto de mira en la banca, los artículos de lujo, los pisos turísticos, la sanidad privada, los vapeadores y el tabaco y, las empresas y grandes patrimonios.
Desde Centro Consulting Zaragoza te ofrecemos una visión resumida de las más importantes
Imposición a la Banca: novedades.
Se establece un impuesto progresivo sobre el margen de intereses y comisiones de las entidades financieras. Este gravamen oscila entre el 1% y el 7%, dependiendo de la base liquidable, y su recaudación se distribuirá entre las comunidades autónomas.
El Gobierno ha optado por la consolidación del impuesto especial a la banca que ya entró en vigor en 2023, fijando un impuesto progresivo sobre el margen de intereses y comisiones, con notorias modificaciones que lo harán menos áspero, estableciéndose una escala de tipos de entre el 1% y el 7%, en función de la base liquidable.
Incremento en la fiscalidad del tabaco y los vapeadores
El acuerdo fiscal pretende la creación de un nuevo impuesto especial que grave el uso de cigarrillos electrónicos y productos de vapeo. Se pretende la equiparación fiscal al tabaco tradicional con la meta de desincentivar su consumo.
Modificaciones en el Impuesto de Sociedades
- Tipo mínimo global a multinacionales. Se establece un tipo mínimo global del 15% sobre los beneficios de las multinacionales y empresas nacionales con facturación superior a 750 millones de euros. Esto en línea con las directrices de la Unión Europea.
- Reducción de impuestos para pymes y micro pymes. Se prevé la reducción de los tipos impositivos para empresas con facturación inferior a los 10 millones de euros, pasando del 25% al 20% progresivamente hasta 2029. Y, en las microempresas, con facturación inferior al millón de euros, del 23% al 20% en 2027. Además, en este último caso, se prevé un tramo reducido para los primeros 50.000 euros del 17% para 2027.
- Desgravaciones por recapitalizaciones. Otras medidas en el IS serían la inclusión de desgravaciones por recapitalizaciones y la anulación de la reforma fiscal de 2016 para fijar límites a las deducciones a la compensación de pérdidas por empresas con facturación superior a 20 millones y el régimen de reversión de deterioros en el valor de participaciones empresariales que hayan resultado fiscalmente deducibles antes de 2013.
- Se pone el foco en las grandes empresa y grupos empresariales, fijando un tipo mínimo universal del 15% sobre los beneficios de las multinacionales y empresas nacionales con facturación superior a 750 millones de euros, en consonancia con las directrices de la Unión Europea y lo pactado por algo más de un centenar de estados y fomentada por la OCDE, tendente a dificultar la huida de fondos a paraísos fiscales y países de baja imposición.
- Simultáneamente, se busca una disminución de los tipos impositivos para las empresas de facturación no superior a los 10 millones de euros, pasando del 25% al 20% progresivamente hasta 2029. Para microempresas de facturación inferior al millón de euros, los tipos pasarían del 23% al 20% en 2027. Para este último caso se prevé, adicionalmente, un tramo reducido para los primeros 50.000 euros del 17% para 2027.
- El acuerdo incluiría medidas para la inclusión de desgravaciones por recapitalizaciones
- Por último, se prorrogaría otros dos años la limitación para compensar el 50% de las BIN´s en los Grupos, pudiendo integrar las cantidades no computadas en los diez ejercicios siguientes.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
- En referencia a los grandes contribuyentes, se pretende elevar el tipo impositivo a las rentas del capital en su tramo más elevado. Así, el tipo que se aplique a rentas superiores a 300.000 euros, se incrementará del 28% al 30%, buscando una mayor contribución de las rentas más altas.
- Se encomienda la creación de un impuesto a los bienes de lujo, encaminado a que los propietarios de bienes como barcos, coches de alta gama o aviones privados pague más impuestos justificándose esto por una doble vía, la propia tenencia del bien de lujo y el impacto medioambiental causado por el mismo.
- Se comenzará a gravar los seguros médicos privados, hasta la fecha exentos de pagar el impuesto sobre las primas de seguros, que impone un tipo del 8% sobre la prima que pagan los asegurados por su póliza.
Modificaciones de la Reforma Fiscal en materia de Vivienda
Se introduce un IVA del 21% a los apartamentos turísticos, con la pretensión de disminuir su rentabilidad y lograr un efecto disuasorio a inversores en ese tipo de bienes y que estas se encaminen al mercado ordinario de alquiler.
Se pretende suprimir el régimen fiscal especial de las Socimis ya que su supervivencia no mejora la oferta de alquiler, como debería ser su objetivo.
Modificaciones en materia de Seguridad Social en materia de Incapacidad Permanente
Se establecerá una modificación en la Ley General de la Seguridad Social, para introducir la suspensión del abono de una pensión de Incapacidad Permanente Absoluta o de Gran Invalidez, si el titular de la consiguiente pensión, pese a su disminución de la capacidad de ganancia, está capacitado para el desarrollo un trabajo o actividad que le obligue a estar incluido en uno de los regímenes de Seguridad Social. Si se diese la circunstancia de una nueva baja por cese en la actividad, el afectado volvería a percibirla.